De acuerdo a lo normado en la RG 4796/20 modifica la RG 4597 en su art.25 inc. a) Punto 4: a partir del período enero 2021 se encuentran obligados los responsables exentos en IVA a presentar mensualmente el «Libro de IVA Digital«.
Les presentamos un instructivo de carga de aquellos cuya su única actividad es de Agentes de Lotería, a los efectos que puedan cargar las operaciones mensuales realizadas (COMISIONES) con el Instituto Provincial de Loterías y Casinos de la Provincia de Buenos Aires.
Dr. Eduardo Alberto Kloss – CPN – Leg 20339/4 CPCEPBA
*CARGA PORTAL IVA – DIGITAL * (CLICK)